Qué rige
| Vehículos | Periodo | Obligación | Base jurídica |
|---|---|---|---|
| Camiones N2, N3 y vehículos derivados | – | Neumáticos de invierno al menos en las ruedas de un eje motor | § 102 Abs. 8a Z 1 |
| Autobuses M2, M3 y vehículos derivados | – | Neumáticos de invierno al menos en las ruedas de un eje motor | § 102 Abs. 8a Z 2 |
| M2, M3, N2, N3 y vehículos derivados | – | Llevar cadenas adecuadas para al menos dos ruedas motrices | § 102 Abs. 9 |
| Turismos y furgonetas M1, N1 | – | Solo con condiciones invernales en la calzada: neumáticos de invierno en todas las ruedas; con una capa continua de nieve o hielo, como alternativa, cadenas en dos ruedas motrices | § 102 Abs. 8a |
Neumáticos de invierno según la ley: «für die Verwendung als Schnee- und Matschreifen bestimmte Reifen mit entsprechender Profiltiefe» (neumáticos destinados a usarse con nieve y aguanieve, con la profundidad de dibujo correspondiente).
Profundidad del dibujo
| Vehículos | Neumáticos radiales | Neumáticos diagonales | Base jurídica |
|---|---|---|---|
| Vehículos de motor y remolques de más de 3500 kg | mín. 5 mm | mín. 6 mm | KDV § 4 Abs. 4 Z 5 |
| Resto de vehículos | mín. 4 mm | mín. 5 mm | KDV § 4 Abs. 4 Z 4 |
Se mide en la zona central de la banda de rodadura, que ocupa unas tres cuartas partes de su anchura. Un neumático de invierno no puede montarse junto con otro neumático en las ruedas del mismo eje (KDV § 4 Abs. 4c).
Fuente KDV 1967 § 4 Abs. 4 und 4c (Profiltiefe, Winterreifen je Achse) · RIS – Rechtsinformationssystem des Bundes · Versión en vigor desde el · consultado el · comprobado el · CC BY 4.0
Importe de las multas
Quien infringe el KFG o un reglamento basado en él comete una infracción administrativa: multa de hasta 10.000 €; en caso de impago, responsabilidad personal subsidiaria (privación de libertad) de hasta 6 semanas. Para las infracciones del § 102 Abs. 8a y 9, el § 134 no fija un importe propio.
Fuente KFG 1967 § 134 Abs. 1 (Strafbestimmungen) · RIS – Rechtsinformationssystem des Bundes · Versión en vigor desde el · consultado el · comprobado el · CC BY 4.0
Excepciones
Neumáticos de invierno (Abs. 8a)
- Vehículos que, por su construcción o su uso, llevan neumáticos con la indicación de uso «spezial» (especial).
- Vehículos del servicio público de seguridad, vehículos militares y de bomberos, si los neumáticos de invierno no son posibles o adecuados por su construcción o por su uso principal.
- Pruebas en carretera y traslados de vehículos.
- Vehículos que, por su construcción, están destinados a circular solo por carreteras sin nieve.
Cadenas (Abs. 9)
- Vehículos en los que, por su construcción, no pueden montarse cadenas.
- Vehículos que, por su construcción, están destinados a circular solo por carreteras sin nieve.
- Autobuses M2 y M3 en servicio regular de viajeros.
- Traslados al carrocero o al cliente, si el trayecto discurre por carreteras sin nieve.
Texto literal
§ 102 Abs. 8a, erster SatzDer Lenker darf ein Kraftfahrzeug der Klassen 1. N2 und N3 sowie ein von solchen Fahrzeugen abgeleitetes Kraftfahrzeug während des Zeitraumes von jeweils 1. November bis 15. April oder 2. M2 und M3 sowie ein von solchen Fahrzeugen abgeleitetes Kraftfahrzeug von jeweils 1. November bis 15. März nur verwenden, wenn zumindest an den Rädern einer Antriebsachse Winterreifen (für die Verwendung als Schnee- und Matschreifen bestimmte Reifen mit entsprechender Profiltiefe) angebracht sind.
§ 102 Abs. 9, zweiter SatzDer Lenker eines Kraftfahrzeuges der Klassen M2, M3, N2 und N3 sowie eines von solchen Fahrzeugen abgeleiteten Kraftfahrzeuges hat während des Zeitraumes von jeweils 1. November bis 15. April geeignete Schneeketten für mindestens zwei Antriebsräder mitzuführen.
Reproducción no oficial del RIS (sistema de información jurídica de Austria). Lo vinculante es la publicación en el Bundesgesetzblatt (boletín oficial federal).
Preguntas frecuentes
- ¿A partir de cuándo rige la obligación de neumáticos de invierno para camiones en Austria?
- Para los camiones de las categorías N2 y N3, del al , sea cual sea el tiempo: neumáticos de invierno al menos en las ruedas de un eje motor (KFG 1967 § 102 Abs. 8a Z 1).
- ¿Tienen que llevar cadenas los camiones en Austria?
- Sí. Los vehículos de las categorías M2, M3, N2 y N3 deben llevar del al cadenas adecuadas para al menos dos ruedas motrices (KFG 1967 § 102 Abs. 9).
- ¿Qué profundidad de dibujo deben tener los neumáticos de invierno de los camiones?
- En vehículos de más de 3500 kg, al menos 5 mm en neumáticos radiales y 6 mm en neumáticos diagonales, si se usan como neumáticos de invierno según el § 102 Abs. 8a KFG (KDV 1967 § 4 Abs. 4 Z 5).
- ¿Qué multa se arriesga en Austria?
- Una infracción del KFG es una infracción administrativa con multa de hasta 10.000 €; el § 134 no fija un importe propio para la obligación de neumáticos de invierno (KFG 1967 § 134 Abs. 1).
Fuente y estado
Fuente KFG 1967 § 102 Abs. 8a und 9 · RIS – Rechtsinformationssystem des Bundes · Versión en vigor desde el · consultado el · comprobado el · CC BY 4.0
Fuente KDV 1967 § 4 Abs. 4 und 4c (Profiltiefe, Winterreifen je Achse) · RIS – Rechtsinformationssystem des Bundes · Versión en vigor desde el · consultado el · comprobado el · CC BY 4.0
Fuente KFG 1967 § 134 Abs. 1 (Strafbestimmungen) · RIS – Rechtsinformationssystem des Bundes · Versión en vigor desde el · consultado el · comprobado el · CC BY 4.0
Esta página recalcula el estado en cada consulta y comprueba sus fuentes a diario. Ni el § 102 KFG ni el § 4 KDV exigen un marcado legal de los neumáticos (como M+S o el símbolo del copo de nieve); por eso no se indica aquí.